COMUNICACION ACTIVIDAD CON PROYECTO BARCELONA

TECNICO EXPERTO TRAMITE ACTIVIDAD DEL ANEXO III.2

INGENIERO GESTIONES AYUNTAMIENTO BARCELONA


IngenieriaMoncasi.es

Comunicado de apertura de actividades del Anexo III.2 Barcelona:

IngenieriaMoncasi.es ingeniero autónomo, con más de 25 anos de experiencia en proyectos técnicos de actividades comunicadas para el Ayuntamiento de Barcelona. Son no inocuas incluidas dentro del Anexo III.2 de la Instrucción de Alcaldía para la aplicación de la OMAIIAA (Ordenanza Municipal de actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona) al ser vigente la Ley 20/2009 de la LPCAA, consideradas de media incidencia ambiental, tramitadas a régimen de comunicado previo. Información: LLAMAR o WhatsApp.

En esta clasificación tiene dos categorías de trámite:

• Comunicación de apertura de actividades y/o instalaciones no alimentarias para:

- Actividades industriales no clasificadas.

- Establecimientos de comercio al detalle.

- Instalaciones incluidas en el Artículo 28.4 de la OME.

• Comunicado de apertura de establecimientos del comercio alimentario de:

- Especializados con (SNV) superficie mínima neta de venta hasta 400 m2.

- Polivalentes tradicionales con SNV mínima de 60 m2.

- Autoservicio con SNV entre 60 y 149 m2.

- Superservicio con SNV entre 150 y 399 m2.

Clasificación general de las actividades del anexo III.2 en Barcelona:

Fábrica de artículos de joyería, orfebrería, argentaría y bisutería con superficies de almacén superior a 50 m2 y taller con más de 150 m2.

Taller de manipulación de vidrio sin tratamiento de superficie con superficie de taller superior a 150 m2, y almacén de más de 50 m2.

Mármol de corte, cerradura o pulimento superando la superficie de taller los 150 m2 y de almacén de 50 m2.

Taller artesanal de cerámica, producción con más de una tonelada al día, con taller superior a 150 m2 y con almacén superior a 50 m2.

Tiendas y exposiciones al menor de textiles, pieles, cueros, papel, cartón. madera, corcho, aglomerados , fibras, resinas, caucho y plástico, superiores a 150 m2 de superficie de venta y con más de 50 m2 de almacén.

Tiendas y exposiciones al menor de materiales metálicos, vidrio, cerámica y materiales no combustibles, superficie de venta superior a 400 m2 y más de 100 m2 de almacén.

Comercio no alimentario en galerías de metro superficie de más de 100 m2.

Tienda de alimentación con superficie de venta superior de 150 m2 y más de 50 m2 de almacén.

Panadería con una potencia máxima de hornos 7,5 kW.

Copisterías e imprentas con más de 1000 kilos de materia prima almacenada y mas de200 m2 de superficie.

Aparcamiento público o privado con superficie superior de 100 m2.

Centro docente con aforo superior de 10 personas.

Almacén y depósito no frigoríficos con más de 50 m2 de almacén.

Almacenes frigoríficos superando los 50 m2 y los 5 m3 de volumen refrigeración.

Servicio de paquetería, con más de 200 m2.

Revelado de fotografía no mayorista superando los 200 m2 de superficie.

Consulta médica con rayos X y con más de 500 m2.

Terapias psicológicas no deportivas con aforo superior de 5 personas y más de 50 m2 de superficie.

Lavado en seco, recepción y libramiento con una superficie de venta superior de 150 m2 y almacén con más de 50 m2.

Estética y tratamientos de belleza superando los 200 m2 de superficie.

Oficinas, despachos y servicios administrativos mayores a 500 m2 de superficie.

Manipulación industrial de papel y cartón o encuadernación con producción mayor de 1 tonelada al día con superficie de taller mayor a 150 m2 y almacén de más de 50 m2.

Taller de montaje de cuadros y marcos superando la superficie de taller en 150 m2, de la de almacén 50 m2 y producción mayor a una tonelada al día.

Carpinterías, ebanisterías y similares con superficies mayores de almacén de 50 m2 y de taller de 150 m2.

Taller de confección con más 3 máquinas, taller superando los 150 m2 y almacén mayor de 50 m2.

Taller de reparación o mantenimiento con pintura, superficie mayor de 150 m2 y la de almacén 50 m2.

Talleres artesanales con superficie de trabajo mayor a los 150 m2 y la de almacén de 50 m2.

Producción, edición y distribución de cine, video, programas de TV, sonido, musical, radio y televisión, superando los 500 m2 de superficie.

Grabaciones de cd, casetes y DVD mayores de 200 m2 de superficie.

Estudios fotográficos superior a 500 m2 construidos.

Casal de personas mayores y disminuidas superando los 500 m2 de superficie.

Centros de reunión con superficie mayor a 500 m2.

Documentación técnica para la comunicación del Anexo III.2 en el Ayuntamiento de Barcelona:

• Solicitud de comunicado con el cuestionario técnico incluido.

• Proyecto técnico.

• Presupuesto del valor de las obras (si han habido) y de las instalaciones del local.

• Planos de emplazamiento, planta y sección, normalizados.

• Informe urbanístico previo si la actividad está regulada por el plan de usos del distrito en las condiciones de distancias y densidad.

• Certificado técnico de una ECA Entidad Ambiental Colaboradora.

Otros trámites en el Ayuntamiento de Barcelona: Licencia de actividades.

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